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Producción artesanal de Cannabis con fines medicinales es autorizado en el Perú

Producción artesanal de Cannabis con fines medicinales

es autorizado en el Perú

 

Mediante la Ley Nº 31312, quedó autorizado el proceso de producción artesanal de Cannabis y sus derivados con fines medicinales. Además, la norma no solo faculta a las asociaciones de pacientes o los designados como sus representantes legales a llevar a cabo la etapa de transformación, sino que también podrán hacerse cargo de la fase del sembrío, transporte y almacenamiento.

 

Un paso previo al inicio de las actividades mencionadas, por parte de las asociaciones, es la obtención de sus respectivas licencias, para lo cual deberán cumplir con su inscripción en el ‘Registro de pacientes usuarios del cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico’, sumándose así a la relación de personas naturales o jurídicas importadoras y comercializadoras.

 

En el caso de la producción y abastecimiento de insumos para la investigación del cannabis con fines medicinales y terapéuticos, la autorización es de exclusiva competencia de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, el Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud.

 

Como especialistas en el registro de marcas y patentes, OMC Abogados & Consultores está a su entera disposición en caso de requerir mayor información o asesoría legal sobre el tema, para ello puede escribirnos a los siguientes correos: [email protected] y [email protected]